La nacionalidad española por residencia exige un periodo de residencia legal y continuada que varía según el país de origen: diez años con carácter general, y plazos reducidos para nacionales de países iberoamericanos, Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial, Portugal y personas de origen sefardí.
Lo que se prepara
- Acreditación de residencia legal y continuada durante el plazo aplicable.
- Examen CCSE de conocimientos constitucionales y socioculturales.
- Examen DELE A2, del que están exentos los nacionales de países hispanohablantes.
- Documentación del estado civil, legalizada y traducida.
La denegación es recurrible. Si ya ha recibido una resolución desfavorable, revisamos el motivo antes de que venza el plazo de recurso.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuánto tarda el procedimiento?
- Los plazos de resolución varían considerablemente. Conviene conservar prueba de la presentación y del expediente para poder reclamar.
- ¿Pierdo mi nacionalidad de origen?
- Depende de la legislación de su país. Varios países iberoamericanos permiten la doble nacionalidad con España.
¿Necesita orientación sobre su caso?
Cuéntenos su situación y le indicamos qué trámite le corresponde.
Actualizado el