En España conviven dos figuras que se confunden: la homologación, que equipara un título extranjero a uno español que da acceso a profesión regulada, y la equivalencia, que reconoce el nivel académico sin habilitar para ejercer.
Elegir la incorrecta significa reiniciar un procedimiento que ya de por sí es largo.
Preguntas frecuentes
- ¿Cuál necesito para ejercer mi profesión?
- Si la profesión está regulada —sanidad, derecho, ingeniería, docencia— normalmente se requiere homologación, no equivalencia.
¿Necesita orientación sobre su caso?
Cuéntenos su situación y le indicamos qué trámite le corresponde.
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